Gracias a que uno de mis
colegas en mi cuenta de facebook compartió un articulo de “El Espectador”,
tratándose del caso más adelantador para los adictos a las descargas en el
ciberespacio Colombiano, la Corte Constitucional elimina los artículos 13 y 14
de la Ley 1520 de 2012, que en otras palabras la conocíamos como la
despreciable “Ley Lleras”, que según afirmaciones no era mas que presentación de
vicios en tramites a pesar de las aprobaciones masivas en el Congreso De La
Republica (más ladrones todavía).
Analizando los dos artículos
que fueron reclamados por el senador Jorge Enrique Robledo, considerando que la
Comisión Segunda estuvo en el proceso de trámites de dicha ley, que también estudiaba
asuntos internacionales, indicando que también
la Comisión I se encargaba de los asuntos constitucionales. Sin embargo, no se
puede cantar victoria, por lo que el caso de la Ley Lleras puede que sea
reconsiderado en la manera que la misma Corte Constitucional lo establecía en
las resoluciones.
En la acción jurídica se
tomó en cuenta que los artículos manifestaban la restricción a la información libre
y gratuita en la red, además el señalamiento a que la educación se veía
afectada al acceso de “nuevos conocimientos” en la consulta por internet,
debido a que esto era la violación a los derechos de autor, era tan parecido a
lo que le sucedió a Megaupload, lo que era el indicio de la aprobación de la
Ley SOPA, retocando el caso de la Ley Lleras, mencionándose como un vicio de
tramite, por ser una ley ordinaria, mas no estatutaria.
"Vean Todo El Porno Que Quieran!"
"Pongan todas la leyes que quieran, tenemos el apoyo de los Expendables virtuales jajajajajaja"
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